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Preguntas Frecuentes

Dra. WENDY LAYDA ARMENTA QUINTERO
Secretario de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Teléfono: (57+2) 2709500 Ext. 2237
e-mail: wendy.armenta@palmira.gov.co

PERFIL: Zootecnista de la Universidad Nacional de Colombia con especialización en Administración de Empresas y en Gerencia Pública.

Se ha desempeñado como Secretaria de Planeación Municipal, Sub-Secretaria Agricultura y Desarrollo Económico de Palmira, fue Asistente de Unidad Legislativa en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes, entre otros trabajos.

MISIÓN: Desarrollar la gestión que garantice el desarrollo y disfrute de la comunidad palmirana de vivienda y espacios públicos dignos y adecuados, con servicios públicos eficientes y oportunos, en medio de un ambiente sano, para lo cual ejerce la rectoría de la política ambiental, siendo la autoridad en ella y coordinadora de su ejecución.

VISIÓN: Constituirse en la dependencia forjadora con eficiencia de  un hábitat sano para la comunidad palmirana, con garantía de calidad de sus servicios públicos.

FUNCIONES: Adicionales a las inherentes para cumplir con los procesos adscritos a la secretaría, son funciones de la misma las siguientes:

  1. Formular, las políticas, planes, programas  y estrategias para la promoción y gestión de proyectos de rehabilitación,  vivienda de interés social,  mejoramiento integral de barrios y mejoramiento  de vivienda, que incluyan la titulación predial.
  2. Diseñar, implementar, desarrollar y ejecutar, planes, proyectos, programas y estrategias para el ejercicio de las competencias del municipio en materia de la garantía y gestión de los servicios públicos.
  3. Adelantar las actividades necesarias, de toda naturaleza, para garantizar que los habitantes del municipio accedan a una prestación continua, eficiente y de buena calidad de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo, energía, telefonía y gas.
  4. Promover la participación de los usuarios a través de los comités de desarrollo y control social, promoviéndolos y capacitándolos.
  5. Fijar planes y programas para la divulgación de los derechos y obligaciones de los usuarios.
  6. Diseñar, formular, desarrollar y evaluar políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo urbano y habitacional en el área rural y urbana del municipio.
  7. Diseñar, formular, desarrollar y evaluar políticas, planes, programas y proyectos para dotar al municipio de una mejor calidad del espacio público.
  8. Participar en la definición de la política del Espacio Público.
  9. Adelantar planes y programas para legalizar los derechos de dominio sobre bienes inmuebles a través de los procesos de titulación.
  10. Ejercer la autoridad ambiental en el municipio, en cumplimiento de las funciones asignadas en los artículos 65 y 66 de la Ley 99 de 1993, y las normas que la sustituyan o modifiquen.
  11. Diseñar, formular, implementar, orientar, ejecutar y controlar las políticas, planes, programas y proyectos tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales del municipio.
  12. Promover planes, programas y proyectos  orientados a la preservación de los recursos ecológicos del municipio, especialmente sus cuencas hidrográficas y en general todo su recurso hídrico.
  13. Diseñar, implementar, ejecutar y controlar las políticas para la conservación, aprovechamiento y desarrollo de las áreas  protegidas del municipio.
  14. Definir la política de gestión del ciclo del agua.
  15. Diseñar, formular, ejecutar y controlar la política de educación ambiental del municipio en concordancia con las nacionales.
  16. Ejercer  las atribuciones de inspección, control  y vigilancia  en relación con el medio ambiente e imponer y coordinar las correspondientes acciones de policía en caso de violación a las normas de protección ambiental y manejo de recursos naturales.
  17. Concurrir en el diseño, implementación y seguimiento  de planes,  programas y proyectos ambientales, relacionados con la planificación urbanística del municipio.
  18. Diseñar, aplicar y controlar las políticas  sobre el manejo integral de residuos sólidos.
  19. Concurrir con las dependencias a haya lugar, en la elaboración de políticas, regulaciones, planes, programas y proyectos en cuanto se vinculen con los aspectos ambientales, especialmente aquellos relacionados con el ordenamiento territorial y las regulaciones en el uso del suelo urbano y rural, prevención de desastres, manejo y disposición de residuos sólidos y del recurso hídrico del municipio.
  20. Planificar y ejecutar los programas de protección, preservación, re-vegetación, arborización, y restauración y rehabilitación de la biodiversidad en la estructura ecológica del municipio.

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